CASO CORSI, nota once: UNA SENTENCIA ANUNCIADA


La apelación que hizo Néstor Corsi, a través de su abogado Marcelo Rinaldi, para que se le acepte la probatión y se cancele así el juicio oral aún se está tramitando en el TSJ de Córdoba. Eso no impidió que, como estaba previsto, el martes 22 de abril la Cámara en lo Penal y Correccional de Cruz del Eje dictara sentencia contra el otro acusado: Rodolfo Gustavo Raith, quien aceptó su culpabilidad en un juicio abreviado que se realizó el 9 de abril pasado tal como informamos oportunamente. En esa ocasión la fiscalía pidió tres años y cuatro meses de prisión y la sentencia dictada por la Cámara fue efectivamente esa: tres años y cuatro meses, más inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos mientras que dure la condena. Además recién el 7 de mayo se leerán los fundamentos del fallo, que a priori son sabidos por todos lo que vuelve inexplicable tener que esperar hasta esa fecha para conocerlos oficialmente. Aún así la defensa festejó como un triunfo la sentencia porque consideran que su estrategia de aceptar culpas a cambio de una condena reducida resultó bien y por lo tanto, creen, cuando pasen los diez días después del 7 de mayo, podrán pedir la libertad condicional. Claro esta estrategia olvida que hay un señor que clama su inocencia pero fue forzado a declararse culpable y además dá por sentado que le otorgarán la libertad condicional sí o sí cuando todo parece indicar que las posibilidades de que eso suceda no superan el 20%, no hay que olvidar que el juicio a Corsi está suspendido mientras dure la apelación y no parece lógico tener a Raith afuera sin tener condenado y sentenciado a Corsi. Digo la famosa peligrosidad procesal por carácter transitivo sigue vigente, de todas formas este interrogante tendrá respuesta a fines de mayo, cuando se acepte o se rechace la libertad condicional de Raith.

                                                    Sentenciado...

Algunas perlitas de todo este entramado judicial para compartir con los lectores: a) en lo formal al menos Rodolfo Raith salió del ámbito de injerencia de la Cámara Penal y Correccional de Cruz del Eje, así como de esa fiscalía; ya que ahora dependerá de los informes que brinde el Servicio Penitenciario de Córdoba y del Juzgado de Ejecución Penal, ya que ellos tienen a su cargo a los condenados. b) en el caso Corsi hubo en boca de la fiscal de cámara Gersicich alguna “perlita” que aunque pueda parecer trivial a mi juicio no lo es; y sucedió cuando para reforzar las acusaciones contra Néstor Corsi ella hizo especial hincapié en este punto: “… y la gente le decía doctor y el acusado no solo aceptaba ser llamado así, tampoco hizo nada
para impedirlo y aclarar que no lo era”. Lo cual en la opinión de la fiscalía demostraba que Corsi efectivamente ejercía ilegalmente la medicina ya que aceptaba ser llamado doctor. Claro la fiscalía no dice que quizás Corsi estuviera cansado de aclarar esa cuestión y que al no ser relevante en ese momento aceptara que la gente lo nombrara de la manera que quisiera, todos sabemos que es muy común llamar o que nos llamen por apodos a veces respetuosos y a veces ofensivos que no esta en nosotros impedir, así a Corsi le decían doctor como a mí siempre me dijeron cabezón y nada podía impedirlo. Pero además hay en este razonamiento de la fiscalía una paradoja semántica y procesal, porque si se acepta el razonamiento del ministerio público se lo debería tomar como una confesión de parte, porque uno se pregunta ¿la fiscal Gersicich es doctora?, ¿los integrantes de la Cámara son todos doctores?, ¿el fiscal Cuello es doctor?, entendamos que si se utiliza un celo extremo en la acusación contra Corsi, tal celo debe aplicarse a todos en este proceso y entonces digo: ni los médicos ni los abogados son doctores, el título habilitante que le dan en la universidad es ese: médico o abogado, para ser “doctor” en algo hay que hacer un doctorado o ser nombrado doctor honoris causa por alguna universidad.

                                       Raith junto al defensor Giménez

                                         Esperando la sentencia

Si Ud no reúne estos requisitos puede ser abogado o médico pero no doctor. ¿Los fiscales y jueces de Cruz del Eje, ¿son doctores?, ¿han cursado doctorados?, ¿en dónde?, ¿cuándo?, ¿tienen el diploma que lo certifica?; y si no son doctores ¿por qué se dejan llamar así?. Todos vimos como se refieren a la fiscal como la Dra Gersicich y al presidente del tribunal como el Dr Py, aunque no sabemos si de verdad lo son y más aún, ¿uno se pregunta por qué ellos pueden ostentar oficialmente un título que no poseen y está bien y en el caso de Corsi está mal y es delito?. ¿Hay varas distintas?, ¿no hay más igualdad ante la ley?. Estoy seguro que si investigamos veremos que ni fiscales ni jueces e incluso ni siquiera los defensores son doctores, sino simplemente abogados, y aún así violando todos juntos la ley nadie se ruboriza, ni denuncia tal hecho, mientras en simultáneo están juzgando (o defendiendo) a alguien por esa misma conducta.

Repito una vez más, esta investigación se hace sobre la base de encontrar la verdad de los hechos y para ver que el debido proceso se respete, no me interesa a esos efectos si Corsi es o no un gurú, lo que me interesa es contar la verdad e investigar desvíos y lo que voy encontrando es que la verdad procesal no siempre concuerda con la verdad real. Hay hipocresías, intereses creados e irregularidades enormes que hacen dudar de la imparcialidad del proceso penal en marcha. Sorpresas quedan seguro, ni Raith a pesar de su “confesión” es un caso cerrado y tampoco el de Corsi, por lo que vamos averiguando. Es de esperar que se haga justicia.

Osvaldo Igounet
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